Uli… pa’ trás, no puede ser Candidato, alcalde es sentenciado 3 veces por Violencia Política en razón de Género

Zacatecas, Zac.-El TRIJEZ, la Sala Regional del TEPJF y la Sala Superior sentencian a Ulises Mejía Haro y a sus regidores María de Lourdes Zorrilla Dávila, Mayra Alejandra Espino García, Manuel Castillo Romero, Margarita López Salazar, Nancy Flores Sánchez, Hiram Galván Ortega y Gregorio Sandoval Flores por violencia política de género en contra de la síndica Ruth Calderón.

Las tres instancias judiciales determinaron que el alcalde de Zacatecas y sus ediles vulneraron el derecho de Ruth Calderón y cometieron violencia política en razón de género al obstruir el ejercicio de su cargo en condiciones de igualdad, invisibilizarla y ejercer acciones negativas contra ella al interior del Cabildo.

Ni Ulises Mejía, ni sus regidores pueden ser candidatos de ningún partido político pues la ley electoral es clara al prohibir que quienes fueron sentenciados por violencia política en razón de género se postulen a un cargo de elección popular.

La Sala Superior del TEPJF rechazó el recurso de inconformidad de Mejía Haro contra la sentencia de la Sala Regional, la cual confirmó la resolución que, por unanimidad, aprobó el pleno del TRIJEZ en septiembre de 2020: el alcalde y sus regidores ejercieron violencia política por razón de género contra Ruth Calderón, ordenándoles medidas de reparación y no repetición de los actos de violencia política por razón de género.

Además, los magistrados ordenaron remitir, copia certificada de dicha sentencia, al Instituto Electoral del Estado de Zacatecas (IEEZ), así como a la Auditoría Superior del Estado (ASE) para los efectos legales conducentes.

Con las resoluciones judiciales, Ulises Mejía no puede ser candidato, y en caso de registrarse por un partido político, cualquier ciudadano puede inconformarse y solicitar la invalidación de su registro.

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